Cargador bidireccional DJI Avata 2
El Cargador bidireccional DJI Avata 2 puede cargar tres baterías en secuencia. También puede usarse como batería externa para cargar otros dispositivos.
El Cargador bidireccional DJI Avata 2 ofrece almacenamiento, carga y acumulación de energía para las baterías. Al combinarlo con el cargador portátil de 65 W DJI, puede cargar por completo una batería de vuelo inteligente en solo 45 minutos.
El Cargador bidireccional DJI Avata 2 tiene un método de carga: tres baterías cargadas en secuencia
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El Cargador bidireccional DJI Avata 2 proporciona almacenamiento, recarga y conservación de energía para las baterías. Al usarlo junto con el cargador portátil de 65 W de DJI, puede recargar completamente una batería de vuelo inteligente en apenas 45 minutos. Tiene capacidad para cargar de forma secuencial tres baterías a la vez, lo que simplifica el proceso eliminando la necesidad de cargarlas individualmente. Además, funciona como un banco de energía para recargar otros dispositivos, incluidos las DJI Goggles y teléfonos móviles.
Contenido del embalaje
Cargador bidireccional DJI Avata 2 × 1
Especificaciones
Entrada: 5-20 V, máx. 3 A
Entrada (Acumulación de energía): máx. 65 W
Salida (cargando): máx. 17 V
Salida (USB): 5 V, 2 A
Método de carga: tres baterías cargadas en secuencia
Cargadores recomendados: cargador portátil de 65 W DJI, cargador para coche de 65 W DJI u otros cargadores USB Power Delivery
Compatibilidad
DJI Avata 2
Si lo deseas, nuestro equipo técnico te ayudará de forma totalmente gratuita con la puesta en marcha de
tu dron en nuestras oficinas de Collado Mediano (Madrid).
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operaciones con drones...
¿Qué necesito para volar drones legalmente?
Desde el 31 de diciembre de 2020 se aplica la normativa europea de UAS (drones). Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su tamaño, peso o uso. En este apartado se recopilan las obligaciones mínimas a cumplir antes de volar cualquier drone
Reglas de vuelo
El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación condicionadas, entre otros, por el
peso del drone,
la presencia de personas
y la proximidad a edificios.
Puedes consultar las distintas categorías operacionales en la guía de “operaciones con UAS/drones”.
Registro como operador
Todos los usuarios que pretendan volar un drone* deberán registrarse como operadores en la sede electrónica de AESA y obtener el número de operador según la normativa europea (apartado de registro de operador de UAS) . Una vez obtenido el número de operador este debe incluirse en el dron de forma visible.
Formarse como piloto
Para volar un dron debes tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría operacional en la que se opere. La formación y examen de conocimientos para poder operar un dron en categoría abierta, subcategorías A1 y A3, es accesible a través de la web de AESA (apartado de formación de pilotos UAS). Puedes realizar con Escuela de Drones tanto esta formación como las otras que puedas necesitar en función del equipo y la situación en la que vayas a operar.
Disponibilidad de seguro de responsabilidad civil
Se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice. Más información en materia de seguros en el apartado de Normativa de UAS/drones.
Lugar del vuelo
Además de las reglas generales de operación de drones, existen limitaciones al vuelo de drones en ciertos lugares motivadas por diferentes razones: cercanía de aeródromos, zonas militares, protección de infraestructuras críticas, protección medioambiental, etc. Consulta el apartado “Zonas geográficas de UAS” para conocer los requisitos de vuelo en las distintas zonas de España.
Sistema de identificación a distancia directa ("DRI")
Aquellos operadores que deseen volar con UAS/drones en categoría abierta (A1, A2 y A3) que dispongan de marcado de clase (C1, C2 y C3) así como aquellos que deseen operar en categoría específica (bajo escenario estándar nacional y europeo o bajo autorización), deberán estar equipados con un sistema de identificación a distancia directa ("DRI"). En relación con este requisito, los UAS/drones deberán disponer de un número de serie único según la norma ANSI/CTA-2063-A-2019. Consulta el apartado "Diseño y producción de UAS/drones" para más información.
Registro de las aeronaves en el Ministerio del Interior
Aquellas aeronaves no tripuladas con una MTOM de 250 g o más o que estén equipadas con un sensor capaz de capturar datos personales deberán inscribirse en el Ministerio del Interior de forma que se permita vincular los datos de la aeronave con el propietario del UAS. Igualmente se deberá realizar una comunicación al Ministerio del Interior siempre y cuando se produzca una compra, transmisión de propiedad, pérdida o inhabilidad para operar el UAS.
Edad mínima de los pilotos
La edad mínima de los pilotos a distancia será de dieciséis años, aplicándose excepciones en la categoría «abierta», donde se podrá reducir la edad mínima dependiendo de la clase de UAS con el que se desee operar. Consulta el aparado “Operaciones con UAS/Drones - Categoría abierta” para más información.
* Salvo las excepciones que se indican en el apartado "operaciones categoría abierta" o si te han contratado como piloto a distancia o vuelas para otra persona, en cuyo caso quien debe registrarse es la organización operadora del dron.
Desde Drone Prix S.L ponemos a tu disposición cursos de todos los niveles de 0 a 3. Modulares de cada nivel o acumulativos de niveles 1 y 2, 2 y 3 o nuestro curso integral de todos los niveles 1, 2 Y 3.
Para los niveles en los que no se exige práctica de vuelo, tenemos disponibles sesiones de entremiento práctico con instructores profesionales.
En todos nuestros cursos de Piloto de UAS, te acompañamos para darte los conocimientos necesarios y te ayudamos en el proceso para registrarte como Piloto de UAS en AESA.
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