Atención: la siguiente información está basada en la publicada en la web de AESA. Aún así, se recuerda la importancia en la Aviación de utilizar fuentes autorizadas y oficiales. Esta guía es de carácter informativo y no debe de utilizarse como fuente autorizada ya que Drone Prix no es una. Drone Prix no se responsabiliza del uso indebido que se le de a esta información. Encuentra la única información oficial en la web de AESA
Con la entrada en aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, todos los operadores de UAS que pretendan desarrollar operaciones de UAS (incluidos aeromodelistas) deberán registrarse como operador* cuando utilicen alguno de los siguientes tipos de UAS:
Utilicen en la categoría ‘abierta’ cualquier aeronave no tripulada: Con una MTOM de 250 g o más, o que, en caso de colisión, pueda transferir a un ser humano una energía cinética superior a 80 julios.
Estén equipadas con un sensor capaz de capturar datos personales, salvo que sea conforme con la Directiva 2009/48/CE (“Directiva de juguetes”).
Utilicen una aeronave no tripulada de cualquier masa en la categoría ‘específica’.
Un operador de UAS es toda persona física o jurídica que utilice o tenga intención de utilizar uno o varios UAS (incluido aeromodelistas). El registro debe realizarse en el Estado miembro de residencia o donde se desarrolle la actividad económica, no siendo posible estar registrado en más de un Estado a la vez.
El registro como operador de UAS en AESA es gratuito y se realiza a través de su sede electrónica (enlace al trámite). Este trámite será automático e inmediato si se emplea certificado digital. El número de registro de operador de UAS generado deberá incluirse en todos los drones del operador. Sólo en el caso que vaya a realizar operaciones en categoría ‘específica’ bajo declaración operacional, autorización operacional o LUC, es necesario introducir los UAS en el perfil del operador UAS.
Hay un vídeo explicativo que sirve de guía al operador UAS en el apartado Operaciones con UAS/Drones - Categoría Específica.
Se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice. Más información en materia de seguros en el apartado de Normativa de UAS/drones.
Nota importante: El alta de usuario “APROBADA” no implica el registro como operador de UAS. Es necesario acceder a la aplicación de UAS y realizar el registro como operador de UAS en el plazo máximo de 90 días tras el alta de usuario; de lo contrario el sistema eliminará el usuario debiendo realizar nuevamente este trámite.
Validez y renovación del registro de operador
Todos los certificados de operador emitidos con fecha anterior al 25/06/2024 tienen una caducidad de 3 años contados desde ese día, es decir el 25/06/2027. Los certificados de operador emitidos posteriormente al 25/06/2024 tienen una fecha de caducidad (incluida en el propio certificado) de 3 años a partir de la fecha de emisión del certificado. Para renovar el certificado de operador de UAS deberá acceder a su sede electrónica y presentar una modificación del registro de operador. Con cada modificación del registro de operador, se actualiza esta fecha de caducidad para otros 3 años más.